domingo, octubre 12, 2025

Santilli, al tope de la boleta libertaria en Buenos Aires

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La Cámara Nacional Electoral revocó la decisión de primera instancia que ubicaba a Karen Reichardt como reemplazo de José Luis Espert. El tribunal de alzada aplicó estrictamente la Ley de Paridad de Género, dejando en suspenso la discusión clave sobre la reimpresión de la Boleta Única de Papel a pocos días de los comicios. Esto instala una alerta máxima en el cronograma. La decisión queda en manos del Presidente, de si resuelve agotar las instancias recursivas. Hubo en el fallo de Cámara un tirón de orejas para el juez Ramos Padilla.

05-POLITICA-1

La arena política de la Provincia de Buenos Aires experimentó un sismo judicial este mediodía. La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió que el dirigente Diego Santilli sea quien encabece la boleta de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) en el distrito, revirtiendo el fallo del juez federal, Alejo Ramos Padilla.
La decisión del tribunal de alzada se produce en un contexto de turbulencia para la fuerza, tras la renuncia de José Luis Espert, cuyo nombre fue retirado de la lista en medio de un escándalo por supuestos vínculos con un empresario condenado por narcotráfico.

EJE DEL FALLO

El núcleo de la controversia giraba en torno a la aplicación de la Ley de Paridad de Género (27.412) y su decreto reglamentario. Mientras que el magistrado de primera instancia había dispuesto que Karen Reichardt (una mujer) ocupara el primer lugar de la lista -argumentando que la vacancia no afectaba la paridad global-, la CNE adoptó una postura categórica.
El tribunal, integrado por los jueces Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas (con la ausencia de Alberto Dalla Vía, de licencia), fundó su pronunciamiento en que la normativa dispone expresamente que los reemplazos deben efectuarse con personas del mismo género. La sustitución de Espert (varón) debía ser, por ende, por otro varón, como Santilli.

CRÍTICA DIRECTA
AL JUEZ

La Cámara no dudó en cuestionar la base legal del fallo de primera instancia. Según la resolución, el juez Ramos Padilla se apartó de la norma aplicable sin justificación y basó su decisión en una interpretación subjetiva, declarando una inconstitucionalidad sin el debido fundamento.
El tribunal enfatizó en que declarar la inconstitucionalidad de una ley es la «última ratio» del orden jurídico y un acto de «suma gravedad», que no debe ser utilizado para sustituir las funciones del Congreso. Además, se señaló que el magistrado desatendió la jurisprudencia previa de la propia CNE en casos análogos, tergiversando un precedente que concernía a otra categoría de cargos.

EL ROL ACTIVO
EN LA TUTELA

La CNE utilizó este caso para reafirmar su rol activo en la protección de la igualdad real de oportunidades para el acceso de mujeres y varones a cargos públicos. La resolución recordó los compromisos internacionales asumidos por el país (como la Convención contra la Discriminación de la Mujer) que promueven la participación igualitaria.
La Cámara subrayó que el mecanismo de reemplazo por género idéntico ya ha sido validado constitucionalmente y que rechazar su aplicación en casos expresamente previstos «privaría de sentido a la norma». De esta manera, se consolidó la posición de que la ley de paridad es de orden público y no admite interpretaciones que diluyan el mecanismo de alternancia.

¿HABRÁ
REIMPRESIÓN?

Más allá de la definición de la lista, el contencioso deja un flanco abierto crucial a días del domingo 26: la reimpresión de la Boleta Única de Papel (BUP) con el nuevo orden de candidatos.
El reclamo, que también había sido rechazado en primera instancia, aún no tiene una definición. Fuentes judiciales anticiparon que el pedido podría no prosperar, debido a la falta de tiempo operativo para garantizar el normal desarrollo de los comicios. De hecho, la CNE emitió una providencia pidiendo el expediente completo a la Junta Nacional Electoral, debido a que no se les dio intervención a los partidos políticos en la apelación, en resguardo del principio de bilateralidad.
La Cámara ordenó al juzgado de primera instancia adecuar la lista conforme al criterio de sustitución de la ley de paridad, asegurando el acatamiento de la alternancia de género para la contienda electoral.

¿La elección pasaría al último domingo de noviembre?

En orden a la decisión del Gobierno, de agotar las instancias judiciales y de llegar a la Corte para que sea esta última quien se pronuncie, queda abierta la posibilidad de que la fecha del 26 de octubre, al menos para la Provincia de Buenos Aires, sea modificada de modo de dar tiempo a que sea la Corte Suprema la que determine el criterio a seguir y, en caso de que el pronunciamiento de esta sea favorable, haya tiempo material para la reimpresión.
En el caso de que el aplazamiento de la fecha se extienda a todo el país, lo más probable sería que por decisión de las juntas electorales locales se dé por válida la utilización de las boletas ya impresas, aunque la fecha consignada en ellas sea la del 26 de octubre, caso que encuentra un precedente en la elección de 1988 en la que Carlos Menem fue elegido candidato a la Presidencia por el PJ.
En la eventualidad de que el Presidente considere válida la idea de pasar la elección en Buenos Aires del último domingo del mes al último de noviembre, dicha decisión deberá ser plasmada en un DNU por haber sido fijada por ley la fecha en cuestión.
En este caso se haría por única vez, y quizás limitada a un solo distrito electoral, el más importante del país.
De hecho, ello levantará algo más que polvareda en muchas de las fuerzas políticas, aunque no deje de ser atendible el hecho de que en esta elección de 2025 se inaugurará la boleta única a nivel país. Y sería una contradicción que induciría a error al elector el tener entre las opciones electorales, como cabeza de lista a quien viene de protagonizar un hecho escandaloso vinculado nada menos que al narcotráfico, un tema de alta sensibilidad social que a la hora de resolver pesa en el ánimo de los jueces encargados de que la voluntad del elector no se distorsione, dando la necesaria transparencia a una elección que está a la vista del mundo entero.

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