martes, junio 9, 2026

Renovación de la costanera norte: una medida judicial frena provisoriamente las obras

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El juez Luciano Juárez dictó una medida precautelar que suspende temporalmente el proyecto de renovación de la costanera norte, que incluye un parque acuático, hasta que se defina la competencia judicial.

El proyecto de renovación de la costanera norte, que prevé la construcción de varias obras y entre ellas un parque acuático, sumó en las últimas horas un capítulo más por el lado de los tribunales provinciales. El juez en lo Civil y Comercial Luciano Juárez hizo lugar a una medida precautelar presentada por el concejal de Ciudad Futura Juan Monteverde y dispuso frenar provisoriamente las obras.

Si bien el juez no opinó sobre la cuestión de fondo, entendió que el proyecto debe suspenderse en razón del impacto negativo que podría generar en la zona y por una serie de normativas supuestamente incumplidas por el Ejecutivo Municipal. En una resolución de 20 páginas, el magistrado dispuso la suspensión de los efectos jurídicos del decreto del intendente 715/26, por el que se llamó a licitación y adjudicación de las obras sobre la Rambla Catalunya.

En los fundamentos del fallo, Juárez hizo un racconto de las acciones de amparos judiciales presentados por distintos actores, como el concejal de la Libertad Avanza Juan Pedro Aleart y la Asociación Civil Santafesina de Guías e Instructores de Kayak. El juez entendió que todas esas presentaciones debían acumularse en un solo juzgado para que se expida sobre la cuestión de fondo. “Esos dos procesos urgentes guardan una conexidad o, eventualmente, una afinidad procesal notoria que tornaría imposible soslayar la acumulación”, indicó el juez, por lo cual solicitó la intervención de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario para dirimir esa cuestión, y sugirió que el juzgado que debería intervenir es el de Cuarta Nominación.

Más allá de la discusión por la conexidad de causas en un mismo juzgado, Juárez argumentó su resolución de suspender las obras en que la “medida precautelar por definición es aquella que procede ante la posibilidad de que se configure un perjuicio derivado de la innovación del estado de situación durante el tiempo que pueda insumir la tramitación y resolución de la medida cautelar”. Es decir que si la obra avanza sin que la cuestión judicial de fondo se resuelva, los trabajos en costa norte podrían causar un perjuicio difícil de revertir. Además, Juárez sostuvo que “al tratarse de una obra de gran magnitud, con más de 12.600 millones de pesos de costo, no prevista en el presupuesto vigente, el Ejecutivo debió remitir los antecedentes para discusión y resolución del Concejo. También se denunció una violación de la normativa urbanística”.

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