jueves, junio 18, 2026

Condenan a La Gallega por trato indigno a una clienta en Villa Gobernador Gálvez

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Un fallo judicial ordenó a La Gallega Supermercados S.A. pagar una indemnización de 7 millones de pesos a una mujer que sufrió un trato indigno y una requisa vejatoria en una sucursal de Villa Gobernador Gálvez.

La Gallega Supermercados S.A. fue condenada por trato indigno a una clienta en un fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial de Villa Gobernador Gálvez, a cargo del juez Marcelo Quaglia. La empresa deberá pagar una indemnización total de 7 millones de pesos, que incluye 1.250.000 pesos por daños moral y psicológico, 4.800.000 pesos por cuatro canastas básicas totales para el hogar 3, más intereses. Además, se fijó un daño punitivo que se destinará en un 50% a la clienta y el resto a un comedor o merendero comunitario.

Según la denuncia presentada por la mujer, patrocinada por el abogado Nicholas Oviedo, los hechos ocurrieron el 9 de octubre de 2023 alrededor de las 9:30 en el supermercado ubicado en calle San Martín 2447 de Villa Gobernador Gálvez. Al ingresar, la alarma del detector de ingreso se activó sin que la mujer portara mercadería. Al no ser abordada por ningún empleado, continuó sus compras con normalidad.

Al finalizar la selección de productos, se dirigió a la caja. Tras consultar el precio de un pack de cervezas, informó a la cajera que volvería a buscar otro pack. Al pasar por el detector de la caja, la alarma volvió a sonar. De inmediato, un hombre con uniforme de seguridad y una mujer vestida con ropa del supermercado se acercaron. Según la denuncia, sin identificarse ni pedir consentimiento, le exigieron a gritos que fuera al baño para ser requisada, acusándola de haber robado frente a unos 50 clientes.

En el baño, la empleada del supermercado ordenó a la clienta que dejara caer sus pertenencias al piso y procedió a requisarla, levantándole la remera, el corpiño y bajándole el pantalón, dejándola con el torso descubierto y en bombacha. El personal de seguridad permaneció en la puerta, mirando hacia el interior. Al comprobar que no llevaba nada robado, la mujer completó sus compras, pagó y se retiró.

La demandada negó los hechos y afirmó que instruye a sus dependientes y al personal de seguridad para ajustar su accionar a los principios de trato digno y equitativo hacia los consumidores.

El juez Quaglia sostuvo en su resolución que “si bien los clientes que optan por concurrir a los supermercados deben hacerlo siendo sabedores de que, entre otras cosas, pueden ser registrados en función de medidas de seguridad, la otra cara de la misma moneda supone que quien decide instalar su negocio de esta forma deberá arbitrar los mecanismos para que aquellas medidas de seguridad no se traduzcan en una mortificación, deshonra u ofensa”. Agregó que “entiendo configurada una serie de presunciones graves, precisas, plurales y concordantes en la necesaria relación de causalidad que me permiten concluir que efectivamente la clienta ha sido objeto de un trato indigno e inequitativo, en virtud del cual ha sufrido daños”.

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