viernes, agosto 14, 2026

La Corte Suprema revocó el sobreseimiento de un exjuez de San Nicolás por la apropiación de Manuel Gonçalvez

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El máximo tribunal ordenó dictar un nuevo pronunciamiento en la causa contra Juan Carlos Marchetti, investigado por la sustracción, sustitución y ocultamiento de identidad del actual secretario de Abuelas de Plaza de Mayo.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó, por mayoría, el sobreseimiento del exjuez de Menores de San Nicolás Juan Carlos Marchetti y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento. El fallo, del 6 de agosto, hizo lugar a los recursos presentados por el fiscal general Javier De Luca, entonces a cargo de la Fiscalía N°1 ante la Cámara Federal de Casación Penal, y mantenidos por el procurador general interino Eduardo Casal.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Vallefin y Richard Gallego conformaron la mayoría, mientras que Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti votaron en disidencia. El tribunal consideró que debía admitirse el recurso de queja y declarar procedente el recurso extraordinario del Ministerio Público Fiscal, revocando así la decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal que había anulado lo resuelto por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.

El caso

El 19 de noviembre de 1976, fuerzas conjuntas del Batallón de Ingenieros de Combate 101 de San Nicolás, de la Policía Federal Argentina y de las policías de la provincia de Buenos Aires y Santa Fe realizaron un operativo en un domicilio de Juan B. Justo 676, en San Nicolás. En el lugar murieron Omar Darío Amestoy, María del Carmen Fettolini, sus hijos Fernando y María Eugenia, y María Cristina Loza. Un bebé de seis meses, inscripto como Manuel Valdez, sobrevivió oculto en un ropero.

El niño fue trasladado al hospital San Felipe y puesto a disposición del juez de Menores Juan Carlos Marchetti. En febrero de 1977, el magistrado lo entregó en guarda provisoria a un matrimonio amigo de su cuñado, pese a que esa práctica estaba prohibida por la legislación provincial. En 1981, Luis Abelino Novoa y Elena Yolanda Rodríguez tramitaron su adopción en los Tribunales de Lomas de Zamora.

Posteriormente se determinó que María Cristina Loza era Ana María del Carmen Granada y que el padre del bebé, Gastón Roberto José Gonçalvez, fue detenido ilegalmente, torturado y asesinado en Escobar en marzo de 1976. Manuel Gonçalvez Granada recuperó su identidad en 1995.

La investigación

La fiscalía federal de San Nicolás inició de oficio una investigación contra los exjueces Marchetti y Juan Delfín Castro y los exasesores de menores Juan Carlos Magni y Francisco García Cortina por su actuación entre 1976 y 1981 en los expedientes de guarda y adopción de Manuel Gonçalvez Granada.

El juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, rechazó en dos oportunidades el pedido de indagatoria y dictó los sobreseimientos, que fueron revocados por la Cámara Federal de Rosario. Sin embargo, la Sala I de Casación, con votos de Eduardo Riggi y Mariano Borinsky y la disidencia de Gustavo Hornos, anuló lo dispuesto por la Cámara rosarina.

Recursos del Ministerio Público Fiscal

El fiscal De Luca interpuso un recurso extraordinario federal, que fue rechazado, y luego presentó una queja, mantenida por el procurador Casal. En su presentación, De Luca sostuvo que la sentencia de la Sala I incurrió en arbitrariedades y que los camaristas no consideraron prueba dirimente. Señaló que en 1978 organismos de derechos humanos concurrieron al juzgado de Marchetti, quien no informó sobre la guarda del niño. También mencionó el tiempo récord de la entrega y la aplicación de la doctrina del ‘plazo razonable’ en desconocimiento de la jurisprudencia de la Corte sobre delitos de lesa humanidad.

El procurador Casal, en su dictamen del 27 de febrero de 2018, opinó que la decisión recurrida contaba con fundamentación solo aparente, ya que se apoyaba en afirmaciones genéricas y omitía considerar las circunstancias concretas del caso. Además, destacó que los delitos de retención y ocultamiento de un menor son de carácter permanente, por lo que la actividad consumativa perdura hasta que cesa la situación antijurídica, lo que ocurrió en 1995.

El fallo

La Corte Suprema, por mayoría, admitió el recurso de queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento.

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