El mandato de António Guterres finaliza el 31 de diciembre y el Consejo de Seguridad aún no define a su sucesor. La Carta de las Naciones Unidas no prevé un procedimiento específico para un escenario sin secretario general.
El próximo 31 de diciembre, António Guterres dejará su cargo como secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). A poco más de dos meses de esa fecha, las discusiones en el Consejo de Seguridad sobre su sucesor continúan abiertas.
El Consejo de Seguridad, órgano principal encargado de mantener la paz y la seguridad internacionales, está integrado por cinco miembros permanentes (Estados Unidos, China, Rusia, Francia y el Reino Unido) y 10 países elegidos por la Asamblea General por períodos de dos años. La fecha límite del 31 de diciembre presiona las negociaciones.
En esta ocasión, el proceso presenta particularidades. Por un lado, Argentina tiene un interés adicional debido a que Rafael Grossi, director general de la Agencia Internacional de la Energía Atómica, es uno de los candidatos. A nivel general, la sucesión ocurre en un contexto de reestructuración geopolítica.
Esa conflictividad deriva en una ausencia de consenso entre los miembros permanentes del Consejo de Seguridad para definir a la próxima máxima autoridad de la ONU. Si bien no se trata de una simple coordinación, la fecha plantea un escenario inédito desde 1945: llegar al cambio sin un sucesor definido.
Qué dice la Carta de la ONU
La Carta de las Naciones Unidas no cuenta con un procedimiento específico para un escenario sin secretario general definido. Existen antecedentes y algunas posibilidades menos conflictivas.
A pesar de que funcionarios como Donald Trump o candidatos como el propio Grossi han cuestionado el rol de la ONU o puesto como prioridad mejorar su eficiencia, a casi ninguno de los miembros les convendría un estado de acefalía.
Sin una hoja de ruta directa, surgen posibles soluciones en caso de que para el 1 de enero no haya un nombre sin veto y con las aprobaciones requeridas.
El Consejo de Seguridad podría recomendar y la Asamblea General aprobar a un secretario general interino, como ocurrió en 1961 tras la muerte de Dag Hammarskjöld con U Thant. No obstante, esto también requiere el acuerdo de los cinco miembros permanentes.
También se puede optar por figuras de consenso que no hayan estado en el centro de la pugna inicial o recomendar a alguien por un lapso menor para ganar tiempo en la negociación.
La puja entre potencias o la quita de poder de cuatro de los permanentes ante uno en concreto podría plasmarse si se repite un escenario similar al de 1950, cuando ante un bloqueo por el candidato Trygve Lie, la Asamblea General intentó extender el mandato del secretario sin recomendación formal del Consejo.
Antecedentes históricos
En 1945 entró en vigor la Carta de las Naciones Unidas y nació la ONU, que durante sus primeros días fue administrada por la Comisión Preparatoria bajo la dirección de su secretario ejecutivo Gladwyn Jebb.
En su segunda reunión, la Asamblea General facultó a Jebb para ejercer las funciones del secretario general hasta que se nombrara a un secretario general permanente. Ese paso se dio sin la recomendación del Consejo de Seguridad, pero fue la primera vez. Jebb se desempeñó como «secretario general interino» hasta el nombramiento de Trygve Lie el 1 de febrero de 1946.
En 1950, la Asamblea General prorrogó unilateralmente el mandato de Lie por tres años más, debido a que el Consejo de Seguridad no pudo nombrar un sucesor ni renovarle el mandato a tiempo. Sin esa medida, el mandato de Lie habría finalizado el 31 de enero de 1951.
En 1961, Hammarskjöld murió en un accidente aéreo en Rhodesia del Norte, actual Zambia. Desde ese momento hasta el nombramiento de Thant 46 días después, la ONU estuvo liderada oficialmente por los subsecretarios generales existentes, quienes mantuvieron la toma de decisiones sobre sus propias esferas de competencia.
La estructura se modificó levemente en 1998 cuando la Asamblea General aprobó una resolución que creó el cargo de vicesecretario general. Esto le otorga la función de oficial a cargo durante cualquier período de ausencia del secretario general y ofrece la posibilidad de que un funcionario nombrado fuera de un proceso oficial de selección ejerza la totalidad de las facultades del cargo.
