jueves, junio 25, 2026

Piden hasta cinco años de prisión para cuatro exjefes de la Armada por el hundimiento del ARA San Juan

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El Ministerio Público Fiscal solicitó penas de entre 3 años y medio y 5 años de prisión efectiva para cuatro exoficiales de la Armada Argentina, imputados por su responsabilidad en el hundimiento del submarino ARA San Juan en 2017, que causó la muerte de sus 44 tripulantes.

El equipo de fiscales integrado por Julio Zárate, Lucas Colla, María Andrea Garmendia Orueta y Gastón Franco Pruzan requirió penas de hasta 5 años de prisión efectiva para cuatro exoficiales superiores de la Armada Argentina por su responsabilidad en el hundimiento y posterior implosión del submarino ARA San Juan, ocurrido en noviembre de 2017 y que provocó la muerte de sus 44 tripulantes.

Los fiscales, designados por el procurador general interino mediante la Resolución MP 267/2025, solicitaron para el contralmirante (RE) Luis Enrique López Mazzeo y para el excapitán de navío (destituido) Claudio Javier Villamide 5 años de prisión; 4 años de prisión para el capitán de navío (RE) Héctor Aníbal Alonso; y 3 años y 6 meses de prisión para el capitán de fragata (RE) Hugo Miguel Correa. Además, pidieron que se fije a los cuatro implicados la inhabilitación especial perpetua.

En su alegato del lunes pasado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz, los fiscales consideraron a los imputados como autores penalmente responsables de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y estrago culposo agravado por haber causado la muerte de 44 personas, en concurso ideal.

En cuanto a la reparación de los perjuicios, solicitaron que se requiera a la Armada el levantamiento de la suspensión de la actuación administrativa REAAM iniciada el 22 de noviembre de 2017 por el entonces ministro de Defensa Oscar Aguad y suspendida el 1 de diciembre de 2017, a los efectos de determinar el costo de reposición de la pérdida material del submarino ARA San Juan. Asimismo, pidieron que se forme un incidente de recuperación de activos.

Los fiscales sustentaron la imputación en los cargos que los acusados ocupaban al momento de los hechos y en las funciones específicas que incumplieron en relación con el alistamiento, mantenimiento programado y reglamentario, e inspección del submarino. Señalaron que el resultado fue la muerte de 44 tripulantes y la pérdida de un activo estratégico de la defensa nacional.

La jornada se extendió por diez horas. El fiscal Zárate explicó la cronología desde la reparación de media vida del submarino entre 2007 y 2015 hasta la última navegación. Se resaltó la nota del 27 de marzo de 2017 del comandante Pedro Martín Fernández al imputado Villamide, en la que solicitaba la entrada a dique seco y señalaba que el submarino tenía novedades de material que limitaban su desempeño operativo. Hasta ese momento, habían transcurrido 37 meses desde el último carenado, cuando las normas establecían un plazo de 24 meses.

El fiscal Colla analizó la situación de López Mazzeo, máxima autoridad operativa de la Armada, destacando su rol de supervisión. La fiscal Garmendia se centró en Villamide, quien dictó la última orden de operaciones y suspendió una inspección de seguridad que debía realizarse antes del 15 de noviembre de 2017. El fiscal Franco Pruzan desarrolló las situaciones de Alonso y Correa en relación con sus incumplimientos previos a la zarpada del 25 de octubre de 2017.

Los fiscales concluyeron que la operación del submarino a partir del 25 de octubre de 2017 en las condiciones de alistamiento que presentaba constituyó el eje central del quebrantamiento de los deberes reprochados a todos los imputados y explicó el resultado.

En las palabras finales, el equipo sostuvo que la prueba recolectada “es irrefutable” y que el factor diferenciador entre años previos y 2017 fueron las titularidades del Comando de Alistamiento y Adiestramiento de la Armada (COAA), el Comando de la Fuerza de Submarinos (COFS) y su plana mayor. Señalaron que en 2017 se duplicó la actividad respecto de 2016, y que la actuación de los cuatro imputados, infringiendo el deber objetivo de cuidado, llevó al desenlace del 15 de noviembre de 2017. “El accionar imprudente de los cuatro imputados debe ser objeto de la condena solicitada por este MPF conforme la prueba expuesta”, concluyeron.

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