lunes, agosto 24, 2026

El Poder Ejecutivo creó seis cargos de médicos forenses para la justicia laboral en Santa Fe

Noticias Relacionadas

El Poder Ejecutivo de Santa Fe oficializó la creación de seis cargos de médicos forenses para integrar un cuerpo especializado en el Poder Judicial, en el marco de la Ley 14.437. La Corte Suprema de Justicia deberá convocar a concurso y distribuir los profesionales en el territorio.

El Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe avaló la creación de seis cargos de médicos forenses (categoría presupuestaria de fiscal) para la conformación del cuerpo especializado de profesionales dentro del Poder Judicial. La medida se formalizó mediante un decreto, en cumplimiento de la Ley 14.437, sancionada a fines de abril, que introdujo reformas al Código Procesal Laboral provincial y a la norma de adhesión a la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo.

Según el decreto, la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia tramita la transferencia de los seis cargos, y la Dirección General de Administración del Poder Judicial elaboró las planillas de ampliación de cargos y crédito presupuestario correspondiente. La gestión fue avalada por el Ministerio de Justicia y Seguridad.

La Corte Suprema de Justicia deberá efectuar el llamado a concurso de aspirantes y resolver la distribución territorial de los profesionales designados. El objetivo de la norma es reducir la litigiosidad en materia de accidentes y enfermedades laborales, dinamizar los procesos judiciales y otorgar mayor transparencia y previsibilidad al sistema de Riesgos del Trabajo (ART) en la provincia.

La ley establece que los seis integrantes del cuerpo especializado se desempeñarán con dedicación exclusiva, con incompatibilidad para ejercer cualquier otra actividad profesional, pública o privada, remunerada o no, que pueda afectar la independencia de criterio, imparcialidad, disponibilidad o el adecuado cumplimiento de sus funciones. Se exceptúa el ejercicio de la docencia, la investigación científica y la producción académica, siempre que no interfieran con la carga horaria, no comprometan la función jurisdiccional ni generen conflictos de intereses.

Además, la ley prohíbe a los médicos forenses actuar como delegados técnicos de parte, consultores o asesores en procesos judiciales, salvo designación judicial en carácter oficial; mantener vínculos profesionales o contractuales con personas humanas o jurídicas que sean parte o tengan interés en causas en las que deban intervenir; percibir honorarios o retribuciones por tareas vinculadas con sus funciones; integrar órganos de administración o fiscalización de sociedades comerciales; desarrollar actividades que comprometan el deber de confidencialidad, el decoro profesional o la confianza pública en el servicio de justicia. Asimismo, los peritos que integren el cuerpo médico no podrán tener vínculo alguno con las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo ni representar a los trabajadores en reclamos previstos por la Ley Nacional N° 24.557 y sus modificatorias.

La ley surgió a partir de un proyecto del diputado José Corral (UCR), que apuntó a contribuir a la disminución de la litigiosidad laboral en la provincia mediante la implementación obligatoria del cuerpo especializado de peritos profesionales en el ámbito del Poder Judicial. La norma modificó seis artículos del Código Procesal Laboral provincial y otros tantos de la norma de adhesión a la Ley Nacional N° 27.348, complementaria de la Ley de Riesgos de Trabajo.

Según datos de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, en el primer cuatrimestre de 2026 Santa Fe registró un incremento interanual del 19,5% en el ingreso de nuevos juicios laborales, con picos del 24,9% en abril, mientras que el promedio nacional fue del 2,3%.

Últimas Publicaciones