viernes, octubre 2, 2026

Diputados sancionó la ley que regula el procedimiento contencioso administrativo en Santa Fe

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La Cámara de Diputados de Santa Fe sancionó el mensaje del Poder Ejecutivo que regula el procedimiento en el fuero Contencioso Administrativo, tras no aceptar los cambios introducidos por el Senado. La norma tiene 47 artículos y entrará en vigencia cuando estén en funcionamiento los nuevos órganos jurisdiccionales.

La Cámara de Diputados de Santa Fe no aceptó los cambios introducidos por el Senado y sancionó el mensaje del Poder Ejecutivo que regula el procedimiento en el fuero Contencioso Administrativo. La nueva ley se suma al Código en ese fuero, a la ley sobre el colegio de jueces y la norma sobre responsabilidad estatal.

Un vocero del oficialismo declaró en los pasillos de la Legislatura: «Santa Fe pasa a tener en este fuero la ley más moderna y que actuará como ordenador de gran parte de los juicios contra el Estado».

El Poder Ejecutivo envió el mensaje en noviembre del año pasado. Los fundamentos del proyecto señalaban: «El proyecto de modificación del régimen procesal en lo Contencioso Administrativo tiene como objetivo primordial establecer un proceso moderno, alineado con estándares procesales actuales que incorporen las pautas derivadas de la Constitución provincial reformada y de los instrumentos internacionales de derechos humanos constitucionalizados, así como los aspectos más valiosos y útiles de la jurisprudencia de la Corte federal, de la Corte local, y de las Cámaras de lo Contencioso Administrativo de la Provincia».

La Cámara de Diputados aprobó en mayo último, con modificaciones y por unanimidad, el proyecto. El Senado practicó modificaciones y lo votó el 1 de junio, también por unanimidad. Ayer, la Cámara Baja, con dictamen de comisión y después de cuatro meses, sancionó la norma. Esta vez con el voto negativo de los tres diputados del Frente Amplio por la Soberanía.

En tanto, el Consejo de la Magistratura avanza en el concurso para seleccionar los candidatos a jueces de primera instancia que serán los encargados de tramitar las causas donde esté involucrado el Estado provincial o municipal, e incluso los accidentes de tránsito cuando tengan como protagonistas a vehículos oficiales como móviles policiales o ambulancias.

Corresponde a los jueces en lo Contencioso Administrativo el conocimiento de las pretensiones que se deduzcan por la actuación u omisión en el ejercicio de funciones administrativas de los órganos de la Provincia, los Municipios y los entes descentralizados en el ejercicio de funciones administrativas; y las personas de derecho público de carácter no estatal u otras personas que tengan delegadas potestades administrativas, cuando se encuentren en ejercicio de las mismas.

El artículo 2 agrega que «para la determinación de la competencia material, prevalece la naturaleza de la función ejercida por sobre la forma jurídica adoptada».

El nuevo procedimiento reemplaza a decretos que sobre la materia se fueron dictando en los últimos años.

En el artículo 3 se detallan las controversias en que los jueces son competentes para entender. Menciona las que tengan por objeto la impugnación de actos administrativos, de alcance individual o general; las que se susciten entre prestadores de servicios públicos o concesionarios de obras públicas y usuarios, en cuanto se encuentren regidas por el derecho administrativo; las que tengan como parte a personas de derecho público de carácter no estatal, cuando actúen en el ejercicio de competencias regidas por el derecho administrativo.

También las que versen sobre la responsabilidad patrimonial, generada por la actividad lícita o ilícita o inactividad ilícita de la Provincia, los Municipios y los entes descentralizados; las relativas a actos dictados en ejercicio de potestades tributarias provinciales o municipales y sus accesorios, como así también las demandas de repetición vinculadas; las vinculadas con contratos administrativos y a aquellos parcialmente regidos por el derecho administrativo, cualquiera sea su denominación.

Además las que promuevan las personas de derecho público de carácter estatal regidas por el derecho administrativo; las que se planteen con el objeto de obtener la anulación de actos declarados lesivos por el Estado; las acciones de amparos individuales o colectivas, las acciones de clase y las acciones de habeas data cuando versen sobre la materia contencioso administrativa; las que versen sobre limitaciones al dominio por razones de interés público, servidumbres administrativas y expropiaciones, y las vinculadas a la revisión de los actos del Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Otro artículo detalla las controversias en las que no son competentes los jueces del fuero.

La ley entrará en vigencia una vez que se hallen en funcionamiento los nuevos órganos jurisdiccionales competentes en materia contencioso administrativa y en el plazo máximo de ciento ochenta días. El Consejo de la Magistratura ya tiene en marcha el concurso respectivo.

El Poder Ejecutivo, en acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, dispondrá la fecha exacta de entrada en vigencia.

La norma sancionada por la Legislatura y girada al Poder Ejecutivo tiene 47 artículos con las modificaciones al trámite procesal contencioso administrativo, derogando el régimen de la ley 11.330 actualmente vigente; y amplía la competencia material de los órganos jurisdiccionales en el fuero. «La reforma propuesta dotará a la Provincia de un proceso contencioso administrativo más ágil, efectivo y acorde con los principios constitucionales y los estándares modernos de tutela judicial», dicen los fundamentos del Ejecutivo aceptados por la Legislatura.

Corral

La sesión de la Cámara de Diputados fue presidida por el radical José Corral debido a que la titular del cuerpo, la socialista Clara García, viajó a Brasil invitada como observadora de las elecciones presidenciales del próximo domingo.

Es la primera vez en la actual etapa institucional que Corral presidió toda la sesión. Lo había hecho en tramos de otras sesiones debido a que García debió retirarse antes o bien ausentarse por minutos de la sesión.

En esta ocasión, fue asistido por los dos secretarios de la Cámara: María Paula Salari, la Parlamentaria, y Luciano Mohamad, el Administrativo. También fue el debut de Mohamad en el estrado. Debió ocupar la silla debido a que el subsecretario Parlamentario, Jeremías Bastia, fue sometido a una operación quirúrgica.

Concurso

Son 93 los abogados inscriptos, en el Consejo de la Magistratura, para participar del concurso para la cobertura de 8 cargos de Jueces de Primera Instancia de Distrito del Colegio de Jueces en lo Contencioso Administrativo.

La presidencia del Consejo de la Magistratura convocó a los postulantes admitidos a rendir el examen escrito para el 15 de octubre, a las 9, en dependencias del Tribunal Electoral.

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