jueves, octubre 8, 2026

Diputados debate el 15 de octubre el rechazo al DNU 70/23 tras el fallo de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras

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La Corte Suprema revocó una medida cautelar que frenaba la derogación de la Ley de Tierras dispuesta por el DNU 70/2023. La oposición pidió una sesión especial para el 15 de octubre en Diputados. El oficialismo defiende el decreto y advierte sobre la ‘reviviscencia legislativa’.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la semana pasada una medida cautelar que frenaba la derogación de la Ley de Tierras (26.737) dispuesta por el artículo 154 del DNU 70/2023. La decisión del máximo tribunal rechazó la demanda presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), al considerar que la asociación no tenía legitimación para iniciar el reclamo por la derogación de la norma sancionada en 2011, cuyo objetivo es poner límites a la compra de tierras por parte de extranjeros. El fallo no define la cuestión de fondo.

La medida judicial derivó en un pedido de sesión especial para el 15 de octubre en la Cámara de Diputados, convocada por un amplio sector de la oposición que buscará dejar sin efecto el decreto 70/23, que contiene 366 artículos y cuyo rechazo logró el Senado en marzo de 2024. El decreto incluye la derogación de la Ley de Tierras.

Desde la publicación del DNU, se dictaron medidas que desregularon materias como alquileres, salud y comercio exterior. El artículo 24 de la ley 26.122, que regula el trámite y los alcances de la intervención del Congreso en decretos del Ejecutivo, señala que “el rechazo por ambas cámaras implica su derogación de acuerdo a lo que establece el artículo 2º del Código Civil, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia”.

Sobre lo que ocurriría si el decreto es rechazado por la Cámara baja, existen diversas opiniones: entre quienes piden que quede sin efecto de inmediato y quienes sostienen que se mantengan las normas dictadas desde entonces. El vocero presidencial, Adrián Ravier, afirmó que con la derogación del DNU “vuelve un modelo de país agotado”, donde el poder político tiene “la última palabra de lo que deciden los privados”.

En los últimos días cobró fuerza la figura de la “reviviscencia legislativa”, que implica que si se anula una norma que dejó sin efecto otras anteriores, éstas recuperarían vigencia. En caso de que se logren los votos para el rechazo total del DNU 70/23, podrían volver a regir la Ley de Alquileres, la de Góndolas, de Abastecimiento, de regulación de las obras sociales y la Ley de Tierras, entre otras.

Un antecedente citado es el fallo de la Corte Suprema de diciembre de 2021, conocido como “Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires”, en el que se declaró la inconstitucionalidad de la Ley 26.080 y se dispuso que, si el Congreso no sancionaba una nueva ley en el plazo establecido, recobrara vigencia el régimen anterior de la Ley 24.937. Esa decisión tuvo consecuencias sobre la integración del Consejo de la Magistratura y su presidencia, que recayó en Horacio Rosatti.

Quienes rechazan la teoría de la reviviscencia mencionan el antecedente del DNU 340/25, derogado en 2025, que había modificado un régimen legal y declarado servicio esencial a la navegación marítima y fluvial. Según esta interpretación, los organismos jurídicos del Estado entendieron que las normas derogadas por ese decreto no recuperaban vigencia automáticamente, lo que generó un vacío regulatorio que obligó al Poder Ejecutivo a dictar un nuevo decreto para restablecer parte de la normativa.

En el caso del DNU 70/23, la Justicia frenó temporalmente o declaró inconstitucionales varios ítems, como la reforma laboral, tras demandas de sindicatos como la CGT y la CTA; artículos vinculados a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD); y normas sobre desregulación de profesiones. En materia de la Ley de Tierras, un fallo inicial había frenado el artículo 154, pero la Corte Suprema revocó esa sentencia por cuestiones procesales y dejó sin efecto el freno, sin pronunciarse sobre el fondo de la constitucionalidad.

En su conferencia de prensa de los martes, el vocero Ravier se refirió al artículo 154 del DNU que deroga la ley de tierras rurales sancionada en 2011 y explicó que se hizo con el criterio de que “Argentina tiene enormes extensiones de tierras con potencial productivo para desarrollos a largo plazo: el desafío es generar las condiciones para que el capital lo pueda transformar”. Añadió que “lejos de poner en venta nuestros recursos naturales y atentar contra nuestra soberanía, se busca potenciar la producción rural”, y que “no se elimina el régimen de zonas de seguridad de fronteras que mantienen sus reglas específicas”, ni afecta “la soberanía territorial”.

Para el portavoz presidencial, “la ley era una normativa contraria a la Constitución Nacional”, que indica que “los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles que los argentinos”. Sobre la posibilidad de que se deje sin efecto la totalidad del DNU, Ravier advirtió que éste empezó a desarmar un esquema de regulaciones y devolvió “capacidad de decisión a personas y empresas”. Mencionó la derogación de la ley de alquileres, cambios en comercio exterior, la política de cielos abiertos y de comunicaciones. “Volver a estas regulaciones implica que el Estado tome decisiones condicionando a dos partes que podían ponerse de acuerdo solas”, argumentó.

La sesión especial fue solicitada para el 15 de octubre. La Corte Suprema continúa analizando el tema de Tierras. Para esa fecha, se prevén concentraciones en reclamo por financiamiento universitario, morosidad, discapacidad y soberanía.

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