El Gobierno nacional reglamentó la ley que reduce el régimen de Zona Fría a la Patagonia, Malargüe y la Puna. El beneficio se financia con un recargo del 7,5% en la factura de gas de todos los usuarios del país. La medida afecta a 3,35 millones de hogares que habían sido incorporados en 2021.
El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó mediante el decreto 1.266 la Ley 27.828, sancionada por el Congreso el 29 de septiembre, que modifica el régimen de Zona Fría. A partir de ahora, solo la Patagonia, Malargüe y la Puna accederán al gas natural con precio diferencial. El financiamiento provendrá de un recargo del 7,5% sobre cada metro cúbico consumido por la industria, el comercio y los hogares de todo el país.
El decreto establece que el fondo fiduciario que sostiene las ayudas se conformará exclusivamente con aportes de la detracción señalada en cada factura de gas natural por redes. Ya no habrá recursos aportados por el Estado Nacional. Las empresas distribuidoras dejarán de administrar y percibir los fondos, aunque deberán aplicar las bonificaciones en las facturas de los usuarios finales subsidiados y proporcionar la información necesaria para determinar y distribuir las compensaciones.
La modificación afecta a 3,35 millones de hogares en todo el país, que habían sido incorporados al régimen en 2021 y que ya no recibirán el beneficio.
Sin novedades para NOA y NEA
Durante la discusión parlamentaria de la ley, el oficialismo acordó con representantes de las provincias del Noroeste y Noreste del país una futura rebaja en sus consumos de energía eléctrica durante el verano, según se consignó en el debate. Ese compromiso no fue incluido en el decreto reglamentario. El régimen tarifario permite que eventualmente haya novedades durante noviembre.
En la votación, los diputados nacionales electos por Santa Fe en las boletas de La Libertad Avanza convalidaron la norma en ambas Cámaras. Ningún otro legislador de la provincia votó a favor de la sanción que excluyó a Rosario y al sur provincial de los beneficios.
