domingo, octubre 12, 2025

Elecciones en Esquina: la Junta Electoral tumbó impugnación y exigió pago de fondos

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Un nuevo capítulo de tensión se abrió en el calendario electoral de la Provincia, esta vez con foco en el municipio de Esquina. La Junta Electoral de Corrientes dictó el Acta N° 52, un documento que no sólo desestima de plano la impugnación presentada por el asesor legal de la Comuna, sino que eleva la apuesta al intimar de forma perentoria al Ejecutivo municipal a pagar el presupuesto destinado a las próximas elecciones simultáneas, fijadas para el domingo 26.

El rechazo a la impugnación, declarada como «improcedente», cierra la vía que intentaba utilizar el Municipio para cuestionar el proceso. Sin embargo, el punto más relevante de la resolución judicial es la orden de pago y las durísimas consecuencias que acarrearía su incumplimiento.

ULTIMÁTUM DE 24 HORAS

La Junta Electoral no dio margen a dilaciones. El punto 2 del Acta N° 52 es categórico: intima al Municipio a abonar la suma presupuestada previamente (dispuesta por Acta N° 49) en un plazo de tan solo 24 horas corridas.

Pero lo que convierte este fallo en un tema de alta resonancia política es el apercibimiento que acompaña la orden. La Junta advierte que, de no cumplirse con el depósito, iniciará las acciones legales pertinentes y, lo que es más grave, deslinda toda responsabilidad si el electorado de Esquina «es privado de participar de los comicios».

Esto implica una carga de consecuencias políticas e institucionales de peso directo sobre las espaldas de las autoridades municipales. En otras palabras, la Justicia Electoral coloca a la Municipalidad en la posición de única responsable ante el eventual fracaso de los preparativos electorales, una situación inédita y de extrema gravedad en el marco democrático.

RECOMENDACIÓN PARA FUTURAS ELECCIONES

Más allá de la intimación, la Junta también incluyó una recomendación a futuro para el Municipio de Esquina: que, en próximas convocatorias que coincidan con elecciones provinciales, «estime los gastos y recursos necesarios e incluirlos en el presupuesto anual».

Esta sugerencia deja entrever que la impugnación rechazada podría haber estado basada en planteos vinculados a la previsión y disponibilidad de fondos, un argumento que la Junta Electoral claramente consideró insuficiente para detener el avance de un proceso electoral ya en marcha.

La resolución fue comunicada al Poder Ejecutivo Provincial, a la Fiscalía de Estado y a la Junta Electoral Nacional, oficializando el conflicto y sus implicancias institucionales a los máximos niveles de la administración provincial y federal. Con un plazo de 24 horas para saldar la deuda, las autoridades de Esquina deben moverse rápido para evitar un inédito quiebre en su cronograma democrático.

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