La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la impugnación de la defensa de Martina Oliva y ratificó la pena de 7 años de prisión impuesta por el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta. La modelo fue condenada como coautora del transporte de 15 kilos de marihuana.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) rechazó la impugnación presentada por la defensa de Martina Oliva y confirmó la condena a 7 años de prisión que le había impuesto el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta en marzo de 2025. Oliva fue hallada coautora de una maniobra de transporte de 15 kilos de marihuana.
En la resolución del 17 de junio de 2025, los camaristas Ángela Ledesma, Daniel Petrone y Javier Carbajo ratificaron la postura del Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Mario Alberto Villar y el auxiliar fiscal Federico Rodríguez Ovide. La jueza Ledesma propuso reducir la pena a 6 años de prisión, pero sus colegas discreparon.
El caso
La investigación fue impulsada en 2024 por el fiscal general Eduardo Villalba y la auxiliar fiscal Florencia Altamirano. El 5 de febrero de 2025, personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) detuvo en la ruta nacional N°9, a la altura del expeaje Aunor de la ciudad de Salta, a Oliva, su pareja Gustavo Joaquín Tolaba y Ángela Cuenca, que circulaban en una camioneta Toyota Hilux que oficiaba de coche puntero.
Detrás de la camioneta circulaba un automóvil Citroën C3 Aircross, conducido por Benjamín Delgado, con Juan Romero y Roberto Leitón. En ese vehículo se transportaban 15 kilos de marihuana acondicionados la noche anterior en la ciudad de Orán. Al advertir el procedimiento policial, Delgado realizó una maniobra evasiva, giró en U y emprendió la fuga hasta una finca en el límite con la provincia de Jujuy. Durante la persecución, los ocupantes arrojaron los paquetes de droga por las ventanillas. Los tres fueron detenidos.
Según la investigación, el cargamento estaba destinado a José Burgos, un revendedor de la zona norte de Salta, que también resultó condenado.
El juicio
El Tribunal Oral Federal N°1, presidido por la jueza María Alejandra Cataldi e integrado por Gabriela Elisa Catalano y Marta Liliana Snopek, condenó el 12 de marzo de 2025 a Oliva a 7 años de prisión efectiva y a Tolaba a una pena unificada de 10 años, como coautores del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes. Las otras cinco personas involucradas fueron condenadas mediante acuerdos plenos.
Impugnación
La defensa de Oliva impugnó la decisión del tribunal oral. Planteó la nulidad del juicio por ausencia de defensa efectiva, alegó violación a la sana crítica racional en cuanto al dolo y la presunción de conocimiento de la actividad ilícita, y sostuvo que se omitió juzgar los hechos con perspectiva de género.
La jueza Ledesma consideró que la prueba producida durante el proceso brindaba un sólido sustento a la acusación fiscal y permitía afirmar que la imputada participó de manera voluntaria y consciente en la maniobra. Respecto del planteo de género, el camarista Petrone recordó que el juzgamiento con ese enfoque «no significa fallar a favor de las mujeres […], sino a tutelar que, en el proceso penal, los derechos de las mujeres fueran respetados» y concluyó que la sentencia recurrida había tratado adecuadamente esa cuestión.
En relación con la pena, Petrone señaló que el tribunal oral había efectuado correctamente el juicio de mensuración y que los cuestionamientos de la defensa no demostraban desproporción. Con la adhesión del juez Carbajo, el tribunal de revisión rechazó la impugnación y confirmó la condena a 7 años de prisión.
