sábado, mayo 23, 2026

El Senado avanza con el proyecto de “inviolabilidad de la propiedad privada”

Noticias Relacionadas

Las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General del Senado emitieron dictamen favorable al proyecto enviado por el Ejecutivo. La iniciativa propone reformas sobre expropiaciones, desalojos, tierras rurales y registros inmobiliarios.

Las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General del Senado de la Nación emitieron dictamen favorable al proyecto de ley denominado “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada”, enviado por el Poder Ejecutivo. La iniciativa quedó en condiciones de llegar al recinto en una próxima sesión, prevista en un par de semanas.

El texto fue impulsado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, con el objetivo declarado de restaurar el pleno ejercicio de la propiedad y atraer inversiones internacionales. Sin embargo, una serie de disposiciones generaron resistencias dentro de bloques habitualmente alineados con el gobierno, lo que obligó a introducir modificaciones.

Entre los cambios se destaca la eliminación total del apartado que pretendía dar de baja el programa nacional de regularización de tierras en villas y barrios populares administrado por el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap). El planteo había sido impulsado por la Iglesia Católica y recibió coincidencias desde varias bancadas.

En cuanto a los desalojos, el dictamen estableció una diferenciación entre intrusos y usurpadores, por un lado, y locatarios, tenedores u ocupantes precarios por otro. El mecanismo de restitución inmediata del inmueble permanecerá únicamente para los casos considerados de “usurpación”. Como regla general, los tiempos de intimación fueron extendidos a diez días corridos en situaciones de mora de un inquilino.

Respecto de las tierras rurales, el texto aprobado transfiere a las provincias la atribución de habilitar operaciones de venta a capitales extranjeros. Se conserva la prohibición total para la compra de tierras en áreas fronterizas y para adquisiciones realizadas por otros Estados o por personas físicas o jurídicas con participación extranjera, que continuarán bajo jurisdicción nacional.

En el régimen de expropiaciones, se endurecieron los requisitos para que el Estado pueda avanzar sobre un bien de carácter privado mediante una ley del Congreso. Se agregó un límite equivalente al 30% del valor del daño emergente en concepto de lucro cesante. La declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y exige que el Estado fundamente el fin perseguido, acreditando que la medida sea idónea, necesaria y proporcional.

El proyecto también modifica la Ley de Manejo del Fuego: se modifica el artículo 22 bis y se deroga el artículo 22 quarter, que establecía restricciones temporales para cambios de uso del suelo en superficies afectadas por incendios por el término de treinta años desde la extinción del fuego.

En materia de registros de la propiedad inmueble, se incorporan modificaciones a la Ley 17.801 y se habilita la documentación digital con firma digital para trámites registrales. Se crea el Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble y se prevé el desarrollo de una “Ventanilla Única Federal Inmobiliaria” para interoperar información entre jurisdicciones.

Últimas Publicaciones