miércoles, octubre 21, 2026

Ratifican prisión preventiva para ex fiscal Ríos Artacho por desvío de fondos judiciales

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La camarista Carolina Hernández confirmó la prisión preventiva efectiva para el ex fiscal Mariano Ríos Artacho y otros cuatro imputados en una causa por desvío de al menos 425 millones de pesos de cuentas judiciales.

La jueza Carolina Hernández, integrante de la Cámara de Apelaciones, ratificó en un fallo de 22 fojas la prisión preventiva efectiva para el ex fiscal Mariano Ríos Artacho y para Emilio Barcaccia, Fabricio Romero, Gustavo Cesaretti y Julio Mercado, según informaron fuentes judiciales. La magistrada confirmó íntegramente la resolución de primera instancia y dio por acreditada la existencia de una red organizada para desviar al menos 425 millones de pesos provenientes de cuentas judiciales.

En su resolución, la jueza rechazó la estrategia de las defensas que proponían evaluar de manera desvinculada las llamadas telefónicas, los viajes, las transferencias monetarias y los vínculos de amistad entre los sospechosos y el ex integrante del Ministerio Público de la Acusación (MPA). La magistrada sostuvo que una asociación ilícita no requiere la firma de un contrato formal, sino que se demuestra a partir de la ejecución coordinada y sostenida de maniobras orientadas a un fin delictivo.

El fallo validó la hipótesis reconstruida por los fiscales Adrián Spelta y Carla Cerliani, que describe un esquema estructurado en cinco etapas: la detección de fondos en cuentas judiciales bajo la órbita del entonces fiscal, la falsificación o confección de oficios para dar apariencia legal a las extracciones, el uso de cuentas receptoras propias, de allegados o de familiares, el movimiento y reenvío parcial del dinero —que en diversas ocasiones retornaba al propio Ríos Artacho— y la eventual recomposición de saldos para cubrir los faltantes cuando la situación lo requería.

La camarista ratificó que el ex fiscal ejerció la jefatura de la organización, respaldado por el rol transversal y de poder que le otorgaba su función institucional. Respecto de la ludopatía alegada por la defensa de Ríos Artacho, la resolución dejó asentado que, si bien dicho padecimiento podría explicar el móvil o la motivación personal detrás de los hechos, no atenúa, excusa ni desarticula la ejecución metódica y prolongada del plan delictual. Asimismo, concluyó que el resto de los imputados no podía alegar desconocimiento, dado que operaron con indicadores llamativos e inconfundibles, como transferencias vinculadas a carátulas judiciales o recepciones de dinero bajo el concepto de «reparaciones» o «restituciones».

En otro apartado, la camarista calificó como «auspicioso» que sea el propio Ministerio Público de la Acusación el encargado de investigar los delitos cometidos en su interior, transparentar los fallos en sus sistemas de control y perseguir las responsabilidades correspondientes. En ese sentido, enfatizó que la transparencia y la depuración de las instituciones no se logran evitando el tratamiento de los problemas, sino exponiendo las debilidades orgánicas, investigándolas con rigor y sancionando las prácticas corruptas.

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